Muchos de nuestros clientes nos han consultado si es cierto que su número de Documento Único de Identidad (DUI) es el mismo que el Número de Identificación Tributaria (NIT).
La respuesta es parcialmente afirmativa; sin embargo, este traspaso no se realiza de manera automática. Se requiere llevar a cabo un trámite sencillo ante el Ministerio de Hacienda de El Salvador. Para obtener más información, no dudes en comunicarte con nuestras oficinas.
En situaciones en las que este proceso no pueda realizarse automáticamente, es necesario efectuar un «Poder Especial» con el fin de solventar cualquier inconveniente en el sistema.
¿Pero quiénes siempre deben obtener el NIT?
- Los extranjeros
- Los menores de edad
- Personas naturales, como empresas o corporaciones.
En estos casos, se necesita gestionar un «Poder Especial» para tramitar su respectivo NIT.
Los trámites en los que es imprescindible poseer el NIT son los siguientes:
- Compra de bienes muebles en El Salvador (casas o terrenos)
- Venta de bienes muebles en El Salvador (casas o terrenos)
- Trámites ante el Ministerio de Hacienda
- Trámites de empresas y establecimientos mercantiles
- Trámites para bancos.