Un Acto de Previsión y Planificación
Muchas personas eligen realizar donaciones de sus bienes a familiares, aún en vida, como una alternativa para evitar trámites complicados de aceptación de herencia o testamentos. En El Salvador, existen dos modalidades de donaciones, cada una con sus propias características:
1. Donación Entre Vivos:
- Esta donación surte efecto inmediatamente.
- Según el Código Civil de El Salvador, es «el acto por el cual una persona transfiere gratuitamente e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra persona que los acepta.»
- Requiere la presencia de dos comparecientes: el donante y el donatario.
- Es irrevocable, es decir, no se puede retractar.
2. Donación por Causa de Muerte:
- Esta donación es revocable, lo que significa que el donante puede anular o cambiar los términos en cualquier momento hasta su fallecimiento.
- El donatario se convierte en poseedor y dueño de los bienes solo después del fallecimiento del donante.
Requisitos para Realizar una Donación:
- Debe realizarse ante un notario.
- Se requieren dos testigos presentes en el momento de la firma de la donación.
- Constancia de inscripción en el registro de la propiedad, certificación literal o extractada del inmueble a donar.
- Otros requisitos específicos según el caso.
Realizar una donación implica una cuidadosa planificación y cumplimiento de requisitos legales. Para obtener más información sobre este proceso o cualquier otro tema legal, estamos aquí para servirte.
Recuerda que la planificación legal puede brindarte tranquilidad y seguridad en el futuro. ¡Contáctanos para obtener asesoramiento personalizado!